Industria desprotegida, las vueltas de la vida
Rarezas de la vida, Carlos Fernández (Ministro de Economía para quienes no lo conocen), hizo su primer modificación a la “limitación” de la 125 de hace sólo una semana. La modificación es extraña: sube la retención a la harina de trigo, la lleva de 10 a 18 puntos porcentuales.
Cuando analicé la “limitación” de la 125 dije que para los Molinos era una fiesta por el enorme diferencial que habían recuperado respecto de la retención al trigo, su principal insumo. Con esta medida se lo redujeron, pero MUUUCCCHHHHOOOOOO.
Al quedar un nuevo diferencial de 10 puntos (28 del trigo y 18 para la harina) se estaría desprotegiendo la industria molinera. Es como si el trigo tuviera una retención de 0% mientras que la harina del 4%. De este modo se lleva el diferencial a lo que resultó de la Res. 125 y no tiene mayor sentido como tampoco lo tuvo entonces.
El cálculo anterior surge de considerar que el insumo trigo representa el 50% de los costos de la molinería. Con ello, una retención sobre la harina que sea de más de la mitad respecto del bien principal (trigo), actúa como una desprotección efectiva.
Etiquetas: retenciones; derechos de exportación, sector agroindustrial, trigo
Abuelo, supongo habrá leído esto
http://www.elenfiteuta.com/nota.asp?idnota=3970
Igual 10 puntos es un toco. Los brasileros no se chupan el dedo.
Lo que quedó complicado es el biodiesel, con la tercera disminución de margen del año.
Pasa que las puteadas de los molinos de los vecinos van a terminar rompiendo nuestro mercotrucho.Vendemos la harina con el insuo más barato del mundo.(el trigo es el 67%del costo de la bolsa puesto molino)comprado a veces a menos de u$s200 cuando al lado lo pagan u$s350.Pero como siempre la rtenemos más larga y nadie se da cuenta.
Abuelo, hay algo que no me cierra en las cuentas.
La protección efectiva debe calcularse teniendo en cuenta el valor agregado a precios de frontera y el valor agregado a precios domésticos.
De acuerdo a los precios Fob oficiales Sagpya el trigo esta a US$320/ton
y la harina de trigo a US$480/ton
Entonces el valor agregado teorico a precios de frontera sería 160/ton
Si calculamos los precios domesticos netos de retenciones:(suponiendo que es es unico descuento para simplificar):
trigo 230.4/ton (-28%)
harina 320/ton (-18%)
Entonces, a precios internacionales seria conveniente hacer harina si el costo de molinería fuera Us$160/ton o menos.
Con impuestos da 163.2/ton.
Entonces el calculo de protecciòn. efectiva daria positivo en un 2% aprox.
(VA pcio interno - VA pcio frontera)/VA pcio frontera
Entiendo que esto varia de acuerdo a la relacion insumo/producto, que es distinta a la que ud señala del 50%.
Bueno, lo sigo pensando...
saludos
Daniel
Errata: Arriba en el precio interno de harina luego del 18% de retencion quise decir 393.6 (no 320). Asi dan los 163.2 de diferencia.
saludos
Hay un elemento de la ecuación que falta: el aumento de precio de los bienes de consumo que se hacen con harina (pan, etcétera). Se justifica plenamente gravar las exportaciones para que no compitan con el mercado interno.
Pero, además, no veo la desprotección por ningún lado. No se trata de bajar aranceles para permitir que la harina importada compita ventajosamente con la nacional. No había protección y no hay desprotección. Lo que hay es eliminar un subsidio implícito al alza de los precios internos.
Andrés nop cayó sobre que trata el tema, que es la diferencia de retenciones harina vs trigo.
Creo que es más conveniente exportar harina que trigo, pero tampoco hay que exagerar el subsidio, para que no sea determinante de la viabilidad del negocio, y para que no haya represalias(aranceles compensatorios) del país importador
en el otro 33% (anonimo 15,27) a 50% (nono dixit)
no se cual es el componente energetico de la molienda, ni a que precio (nominal o alguna polinomica que refleje el mercado negro del fuel y/o paradas por cortes -interrumpibles o no-) lo costean los molinos
el crudo tiene retencion variable, con precio tope expo de aprox. 42 us$/barril
Daniel, veo tu punto pero aún ese 2% no compensaría los aranceles escalonados. Pero de todos modos dejame plantearlo distinto de manera muy simplificada para ir directo a lo que quise decir.
Para producir 1 de harina necesito 0,5 de trigo y 0,5 de otros. Como todo vale 1, en el T=0 tengo 1*0.5 +1*0.5 = 1
En T=1 meten retenciones al trigo del 0,28, entonces: 1*0.36+1*0.5= 0.86, como la harina no tiene retención, el molino se ganó el 16% (no el 28%) al exportar por 1.
Pero en T=2 meten retenciones a la harina del 18%. 1*0.82=0.82 que es menor que ese 0,86 de costos por lo que estoy un 4,65% peor.
Con este espíritu escribí el post.
Luego el mercado y de acuerdo a mil circunstancias distintas que operan todas juntas descubrirá un precio para cada producto y haremos los cálculos de valor agregado que bien mencionás.
Pero si nos mantenemos estrictamente en esos coeficientes se mantendría lo de la desprotección y creo que la retención a la harina debería ser del 50% respecto del trigo para mantener todo constante. Salvo que se quiera favorecer o desfavorecer al sector por alguna decisión de política agropecuaria (que desconozco).
Mariano, 10 ptos son un tocaso si son absolutos, pero no lo son en absoluto. Se analiza distinto respecto del diferencial de la industria oleaginosa.
Cansarnoso, Andrés, es cierto, dejé afuera a los otros insumos porque afectan a todas las industrias, sólo busqué analizar lo particular de este mercado.
Y eso del 50%, es real?
Es lo que en off la molinería acepta como posible.
Pero es realmente el trigo solo el 50% del costo de la harina?
así es.
seguro q es el 50%???
Abuelo:
Ok, ahora entiendo un poco mas.
Aceptando que el trigo es el 50% del costo de harina, mi punto es que el calculo de proteccion efectiva debe hacerse sobre el valor agregado.
Usando sus datos, con el 28% para trigo y 0% para harina, la proteccion efectiva para la industria molinera es
{(VA por dolar con ret - VA por dólar sin ret)/VA por dólar sin ret}
{(0.64-0.50)/0.50} = 0.28
Es decir, la industria tiene un 28% de proteccion efectiva sobre su valor agregado, que es lo relevante.
Ahora, si le imponen una retencion del 18% a la harina, la proteccion efectiva es:
{(0.46-0.5)/0.5}= - 0.08
Ahora la desprotección de la industria es del 8%. Comparada siempre con la situación de libre comercio.
Lo importante es que en terminos relativos la industria molinera esta protegida. Es decir, tiene una desprotección efectiva menor (veinte puntos) que la industria de trigo (grano).
Si se le aplica una alicuota del 50% de la del insumo, de acuerdo a su sugerencia, es cierto que la industria molinera queda con proteccion efectiva cero.
Queda igual que en libre comercio.Pero entonces, sigue estando protegida relativamente.
Ademas, el precio relativo harina/trigo interno es distinto del internacional.
La unica forma de mantener todo constante como ud. dice, seria aplicar el mismo arancel a todos los productos e insumos. Entonces la proteccion nominal y efectiva coincide y no se distorsionarian los precios relativos.
Esta politica de aranceles diferenciados perjudica relativamente al sector productor de insumos. Yo tambien desconozco las razones de politica agropecuaria por las cuales se pueda justificar esto.
Esta politica de mayores retenciones para insumos que para productos elaborados carece de sentido economico. Creo que forma parte del "fetichismo" del Valor Agregado.
Es la misma politica que por el lado de importaciones justifica mayores aranceles para productos terminados que para productos finales. Lo que tambien resulta en disparatadas tasas de proteccion efectiva para la industria.
Saludos
D
Daniel, está bien tu planteo en cuanto a la formula de Valor Agregado. Se debe medir de esa forma la protección efectiva y, en función de ello, comprendo tu razonamiento posterior.
Además, y este punto no es menor, deberíamos incorporar al planteo si Argentina es o no un “país pequeño” en términos de la afectación sobre precios internacionales para analizar, finalmente, quien termina pagando el impuesto.
Saludos
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